Así lo entiende la Autoridad Tributaria y Aduanera(AT), a raíz de una pregunta planteada por un contribuyente.

El beneficio fiscal en cuestión, a pesar de estar todavía incluido en el Estatuto de Beneficios Fiscales (EBF), ya ha caducado, según explica el Jornal de Negócios.

"Aunque este beneficio fiscal parece haber caducado y por lo tanto no puede ser reconocido, los municipios siempre pueden conceder beneficios fiscales para los edificios urbanos con eficiencia energética", considera la AT en una orden citada por el diario.