Según el Digesto Ejecutivo, del Alto Comisionado Portugués para las Migraciones, en las elecciones para la Asamblea de la República y Asambleas Legislativas de las Regiones Autónomas, podrán votar los ciudadanos brasileños amparados por el Estatuto de Igualdad de Derechos Políticos (Tratado de Amistad, Cooperación y Consulta entre la República Portuguesa y la República Federativa de Brasil, firmado en Porto Seguro, el 22 de abril de 2000).

Es decir, en las elecciones legislativas de marzo sólo podrán votar los extranjeros residentes en Portugal con nacionalidad brasileña, amparados por el citado estatuto.

Sin embargo, si hablamos de elecciones municipales (locales), la realidad es diferente.

En este caso, pueden votar todos los ciudadanos portugueses (y también los ciudadanos brasileños con estatuto de igualdad de derechos políticos, pero también los ciudadanos de los siguientes países:

- Estados miembros de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, República Checa, Rumanía y Suecia);

- Reino Unido, con residencia anterior al Brexit;

- Brasil (sin igual estatuto) y Cabo Verde con residencia legal en Portugal desde hace más de dos años;

- Argentina, Chile, Colombia, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Perú, Uruguay y Venezuela con residencia legal en Portugal desde hace más de tres años.