Se trata de una modificación del Reglamento General de Edificios Urbanos y de una nueva disposición del Régimen Jurídico de la Movilidad Eléctrica.
Según Expresso, teniendo en cuenta la nueva "normativa", todos los edificios comerciales y de servicios con más de 20 plazas de aparcamiento deberán disponer de al menos dos estaciones de carga para coches eléctricos antes del 31 de diciembre de 2024.
La ley, para los edificios ya construidos o con licencia aprobada antes de 2023, autoriza la instalación de un punto de recarga en el garaje del edificio, siempre que se notifique por escrito a la administración del condominio y al propietario de la fracción, en el caso de viviendas alquiladas, escribe la publicación.
Citado por el semanario, el arquitecto João de Sousa Rodolfo recuerda que "a partir de este año, todos los edificios residenciales deberán tener una estación de carga para vehículos eléctricos por plaza de aparcamiento".