El día en que adoptó un paquete de decisiones de infracción por no haber comunicado los Estados miembros las medidas adoptadas para transponer a la legislación nacional determinadas directivas de la Unión Europea (UE), el Ejecutivo comunitario anunció de inmediato procedimientos contra Portugal (y otros seis países, como Bélgica, Bulgaria, Grecia, España, Lituania y Rumanía), al no haberlo hecho en relación con la ley de tipos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
La directiva en cuestión permite un uso más amplio por parte de los países de tipos reducidos de IVA, incluido el uso de tipos cero para productos esenciales (como alimentos, productos farmacéuticos y productos destinados a uso médico), así como tipos específicos como excepciones para garantizar la igualdad. de trato en toda la Unión.
Como Portugal y estos seis países no han comunicado la transposición completa de esta directiva a su legislación nacional antes del 31 de diciembre de 2024, la Comisión Europea les envía cartas de emplazamiento dándoles dos meses para responder, completar la transposición y notificar sus respectivas medidas nacionales.
A falta de una respuesta satisfactoria, el Ejecutivo comunitario puede decidir emitir un dictamen motivado y emprender entonces acciones legales.
También hoy, Bruselas ha enviado cartas a Portugal y otros siete países (Bulgaria, Irlanda, Grecia, España, Chipre, Lituania y Rumanía) por no haber comunicado la transposición del régimen especial del IVA para las pequeñas empresas, que también debería haberse hecho a finales del año pasado.
Esta otra ley permite a las pequeñas empresas vender bienes y servicios sin cobrar el IVA y alivia sus obligaciones de cumplir con este impuesto, en particular para las empresas más pequeñas establecidas en otro Estado miembro.
Portugal y estos siete países también deben responder a la Comisión Europea en este ámbito en el plazo de dos meses.
La transposición de la directiva sobre los ajustes de los criterios de tamaño de las microempresas y las pequeñas, medianas y grandes empresas o grupos aún no se ha comunicado a Bruselas, lo que ha dado lugar a un tercer procedimiento abierto contra Portugal, anunciado hoy.
En cuanto a esta legislación -que modifica la directiva contable que ajusta los criterios de tamaño de las microempresas, pequeñas empresas, medianas empresas y grandes empresas o grupos en función de la inflación-, debería haber sido adoptada en la legislación portuguesa (y en otros cuatro países, como Chipre, República Checa, España y Malta) hasta el 24 de diciembre de 2024.
Como esto no ocurrió, ahora se da un plazo de dos meses para hacerlo.