La sentencia del TSJ, desestimó el recurso de los inspectores Bruno Sousa, Duarte Laja y Luís Silva, validando la decisión anterior del Tribunal de Apelación de Lisboa de aplicar, de la misma manera, la pena de prisión de nueve años para cada uno de los tres inspectores.
La decisión del Tribunal de Apelación, dictada el 7 de diciembre de 2021, aumentó la pena de prisión aplicada al inspector Bruno Sousa de siete a nueve años y mantuvo la de los inspectores Duarte Laja y Luís Silva, que ya habían sido condenados a nueve años en primera instancia, por lo que todos acabaron siendo condenados a una pena de prisión idéntica.
En la sentencia del TSJ, a la que tuvo acceso Lusa, los magistrados de la 3ª Sección Penal consideraron que "el grado de ilegalidad de los hechos es elevado, teniendo en cuenta el modo de ejecución, tanto por el periodo de tiempo en el que se produjeron las agresiones (a Igor Homeniiuk), como por el sufrimiento que provocaron las múltiples lesiones, además de las fracturas".
"El dolor resultante de las lesiones es muy agudo y el proceso de asfixia fue lento", se lee en las más de 500 páginas de la sentencia.
En la sentencia también se subraya que "la conducta de los acusados aún tuvo graves repercusiones, ya que la expectativa de los ciudadanos en la forma de actuar de sus agentes de la autoridad no es que resuelvan cuestiones de comportamiento a través de la agresión física a nadie, sino que se rijan por las normas legales que han jurado cumplir y hacer cumplir".
Así -dice el TSJ- los "requisitos de la prevención general se muestran,(...) en este contexto, elevados", dice el TSJ.
"Creemos que la imposición de nueve años de prisión a cada uno de los acusados es adecuada", dice el STJ.