Cuando reciba un donativo en metálico tendrá que declararlo a Hacienda y, en consecuencia, es posible que tenga que pagar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. Si la donación es en metálico y supera los 500 euros, tendrá que pagar el 10 por ciento (%) del valor de la donación en concepto de impuesto.
Sólo estará exento del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados si recibe la donación de sus ascendientes o descendientes, es decir, cónyuge, padres, abuelos, hijos y nietos. Pero aunque esté exento de este impuesto, tendrá que declarar la donación a Hacienda.
También hay una excepción en el caso de la exención del impuesto sobre actos jurídicos documentados, que es el caso de las donaciones de bienes inmuebles. En estos casos, aunque la donación le haya sido hecha por uno de estos familiares, seguirá estando obligado a pagar el impuesto al tipo del 0,8% sobre el valor del activo imponible del inmueble. Y si la donación la hace alguien que no es ascendiente, descendiente o cónyuge, se aplican ambos tipos, el del 0,8% y el del 10%.
¿Es necesario declarar una donación en la declaración de la renta?
Según idealista no tienes que declarar a Hacienda los bienes que hayas recibido por donación en vida. Sin embargo, si obtiene rentas de estos bienes, sí tendrá que declararlos.
Por ejemplo: has heredado un inmueble y lo estás alquilando. En este caso, tendrá que declarar los ingresos obtenidos de esa propiedad.