La Autoridad Marítima Nacional (AMN) ha prohibido el uso de altavoces u otros equipos de sonido portátiles que molesten a otras personas, en las playas bajo su jurisdicción.

En el documento, se puede leer que está prohibido el "uso de equipos de sonido y el desarrollo de actividades generadoras de ruido que, en los términos de la ley, puedan causar molestias".

Si alguien se siente molesto por el ruido procedente de un altavoz o dispositivo similar, debe ponerse en contacto con las autoridades responsables para que detengan la actividad. Según el documento "la vigilancia corresponde a las entidades locales de la Autoridad Marítima Nacional y a las autoridades policiales o administrativas competentes por razón de la materia o ámbito de jurisdicción".

Las multas podrían "oscilar entre 200 y 4.000 euros para las personas físicas y entre 2.000 y 36.000 euros para las empresas, tal y como recoge la Ley 50/2006, publicada el 29 de agosto, sin olvidar la posibilidad de sanciones accesorias -como la incautación del objeto utilizado para cometer la infracción".