La ordenanza que "define el método de determinación del valor del subsidio de movilidad social en el ámbito de los servicios de transporte entre el continente y las Regiones Autónomas de Azores y Madeira y entre estas regiones" se ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado.
Los nuevos valores entran en vigor en la misma fecha que el decreto ley que define el nuevo modelo de asignación del subsidio de movilidad social, publicado el 24 de marzo, entrando en vigor 10 días después de su publicación.
Si los billetes se compraron antes de la entrada en vigor de la ordenanza (3 de abril), la subvención por movilidad social se concede de acuerdo con los valores que se practicaban hasta esa fecha.
Según la ordenanza, la tarifa máxima pagada por los pasajeros residentes en las Azores en viajes al continente baja de 134 a 119 euros, y en el caso de los estudiantes pasa de 99 a 89 euros.
En ambos casos, el coste subvencionable del billete a reembolsar tiene un límite máximo de 600 euros.
La tarifa máxima para los residentes en Madeira, cuando viajan al continente, baja de 86 a 79 euros, y la tarifa máxima para los estudiantes pasa de 65 a 59 euros.
En Madeira, el coste subvencionable de los billetes tiene un límite máximo de 400 euros, que, con la nueva ordenanza, aumenta a 500 euros, "cuando el destino o la llegada sea Porto Santo".
Para las conexiones entre los dos archipiélagos, la tarifa máxima para residentes baja de 119 a 79 euros y la tarifa máxima para estudiantes baja de 89 a 59 euros, con un límite máximo de 600 euros en el coste subvencionable de los billetes en ambos casos.
En ambos archipiélagos, "la tasa máxima de emisión de billetes, a efectos de subvencionabilidad, es de 35 euros para los billetes de ida (OW) y de 70 euros para los billetes de ida y vuelta (RT)".
Para acceder a la subvención de movilidad social, el beneficiario deberá presentar una copia de la factura de compra del billete en una plataforma electrónica, con la información desglosada de los distintos componentes del coste subvencionable, y un documento acreditativo del viaje, expedido por la compañía aérea.
También tendrá que presentar una copia de un documento de identidad y una copia de un documento que acredite la residencia en una de las regiones, si es ciudadano extranjero.
Los estudiantes también deberán presentar una copia de un documento expedido y autenticado por el centro de enseñanza, que acredite que están debidamente matriculados y que asisten al curso.
Hasta que la plataforma electrónica esté disponible, los documentos requeridos deben presentarse al proveedor de servicios de pago (CTT).
El subsidio de movilidad social (SSM) se creó en 2015 y estaba regulado por decretos leyes diferentes para Azores y Madeira, por lo que el Gobierno "decidió crear un régimen jurídico uniforme y único, con vistas a objetivos de simplificación, eficiencia e igualdad de trato entre las regiones autónomas", con un nuevo decreto publicado el 24 de marzo.
Según el decreto ley, la cuantía de la subvención a la movilidad social "deberá revisarse anualmente, previa consulta a los órganos de autogobierno de las comunidades autónomas", sobre la base de "una evaluación de las condiciones de precio, demanda y oferta" y "del respectivo uso por parte de los viajeros beneficiarios".
La evaluación deberá ser realizada conjuntamente por la Inspección General de Finanzas (IGF), con la Autoridad Nacional de Aviación Civil (ANAC) o con la Autoridad de Movilidad y Transporte (AMT), en los tres primeros meses de cada año, para que el Ejecutivo pueda "decidir la cuantía a asignar a los beneficiarios a partir de principios de abril".