En nuestro afán por echar raíces en el lugar más adecuado para nosotros, hemos comprado y vendido tres inmuebles desde que nos mudamos a Portugal.

Para redactar la compraventa y la escritura de cada transacción, nuestro abogado y/o notario necesitaban algunos datos: nuestros nombres legales, números de pasaporte, números fiscales en Portugal y estado civil, sobre todo si la propiedad iba a ser conjunta.

Respondimos a las preguntas y proporcionamos copias de nuestras tarjetas de residencia, pasaportes, documentos fiscales y licencia de matrimonio.

Nunca tuvimos ningún problema ni nos hicieron preguntas al comprar nuestras casas... hasta hace poco, cuando decidimos consolidar las viviendas y trasladarnos a Elvas, en el Alentejo, donde ya teníamos propiedades. Necesitábamos espacio para nuestras oficinas, una zona de ocio con capacidad para más de dos personas (además de nosotros) y espacio para dormir para los invitados que pernoctasen. Lo ideal, por supuesto, era que la propiedad tuviera un cuarto de baño con ducha y una cocina pequeña y eficiente.

Encontramos lo que buscábamos a la vuelta de la esquina y dos calles más abajo -a cuatro minutos a pie- de nuestra casa. Originalmente era una casa, pero fue abandonada y se convirtió en una ruina antes de que la comprara un arquitecto y la convirtiera en un garaje de dos niveles, elegante, moderno, actualizado y totalmente acabado, que estaba en el mercado por 35.000 euros.

Los vendedores aceptaron nuestra oferta; el agente de la propiedad pidió nuestras respectivas credenciales; el acuerdo de compraventa se envió al notario.


Fue entonces cuando empezó nuestra saga...

"El notario necesita saber qué tipo de matrimonio tienen ustedes en Estados Unidos, concretamente en el estado de Iowa, donde se expidió su certificado de matrimonio", me dijo nuestro agente de la propiedad por correo electrónico.

No preguntaba si teníamos un matrimonio "abierto" o monógamo, así que le contesté: "No entiendo la pregunta. ¿Qué necesita saber el notario?".

"Doctor. João Goes (el notario) está preguntando por el nombre en inglés de su *régimen matrimonial. ¿Tiene usted un nombre inglés para sus nupcias? ¿Tiene un documento del Estado de Iowa que indique este régimen de su matrimonio?"


¿Régimen matrimonial?

"Como ya se ha dicho, en EE.UU. no hay regímenes matrimoniales distintos. El matrimonio es el matrimonio", le expliqué. "No importa si es su primer, segundo o cuarto matrimonio ... si es un matrimonio del mismo sexo ... un mayo-diciembre, o uno interracial. El único otro tipo de "matrimonio" en EE.UU. se llama "common law", en el que las partes nunca estuvieron casadas pero vivieron juntas durante varios años - y pueden haber tenido hijos juntos. En todo Estados Unidos -en cada uno de los 50 estados del país- no existen otros 'regímenes' matrimoniales".

Continué: "Según nuestro Certificado de Matrimonio, consta que la nuestra es una ceremonia matrimonial celebrada en el Estado de Iowa con el número de expediente estatal VR6133-09 presentado por el oficial legal el 11/6/2009. No se dice nada más".


El agente de la propiedad respondió entonces con una lección sobre los matrimonios portugueses:

"En Portugal tenemos: 1-régimen de bienes adquiridos. Es decir, los bienes comunes de la pareja son los que adquieren durante el matrimonio. 2-Comunidad general de bienes. Todos los bienes pertenecen a la pareja. Los adquiridos durante el matrimonio y los adquiridos antes de casarse. Y 3-separación de bienes. Cada uno conserva sus bienes por separado".

A esto añadió: "La cuestión es que los regímenes matrimoniales y la ley varían de un estado a otro (en EE.UU.). No hay otra opción que hacer coincidir el régimen del Estado extranjero con el portugués, de acuerdo con el Dictamen 54/CC/2018, emitido en el proceso R.P.31/2018 STJSR-CC, del Instituto de los Registros y del Notariado, y también de los artículos 93 y 68º del CRPredial. Cualquier otro supuesto hace inviable el registro de adquisición. Teniendo en cuenta la legislación portuguesa, debemos hacer esta transcripción".

Ciertamente entendí lo que decía. Pero eso no me ayudó a identificar el "régimen" matrimonial del estado de Iowa que regía nuestro matrimonio. Sin embargo, no hay que preocuparse, ya que el notário hizo sus deberes e investigó un poco.


He aquí sus conclusiones:

"El régimen matrimonial del Estado de Iowa, EE.UU., cuando se transpone al ordenamiento jurídico portugués, equivale al régimen de separación de bienes. Esto es lo que resulta del derecho de comunidad. Cuando Bruce compraba algo, lo hacía junto con su cónyuge; lo compraban juntos, pero cada uno adquiría su parte. Básicamente, es lo mismo".

Y, así, la compra de la propiedad siguió adelante sin (otros) problemas.

*Irónicamente, al ordenar mis documentos para renovar nuestra residencia en Portugal, me encontré con la escritura de la propiedad que poseemos en Elvas. Traducido del portugués, esto es lo que dice la escritura:

Bruce Howard Joffe casado en régimen de bienes comunes adquiridos con Russell Howard Warren, ambos de nacionalidad estadounidense, titulares de los pasaportes ######### y #########, expedidos por los Estados Unidos de América y válidos hasta el 12/12/2026 y 01/12/2028, contribuyentes ### ### ### y ### ### ###, residentes en Rua Vila Viçosa, n.0 ##, en Vila Boim ...


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