El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE ) ha condenado a Portugal a pagar una cantidad fija de 2,8 millones de euros por no haber incorporado a su legislación nacional la Directiva sobre el Código Europeo de Comunicaciones Electrónicas (CECE) en los plazos previstos.

Teniendo en cuenta la gravedad -el Código Europeo de Comunicaciones Electrónicas es el principal acto legislativo en el ámbito de las comunicaciones electrónicas- y la duración del incumplimiento [601 días], así como la capacidad de pago de Portugal, el Tribunal de Justicia considera que "la prevención efectiva de la repetición futura de infracciones similares y que menoscaben la plena eficacia del Derecho de la Unión puede exigir la imposición del pago de una cantidad fija de 2,8 millones de euros".

Fue en abril de 2022 cuando la Comisión Europea presentó este caso contra Portugal ante el TJUE, por no haber completado el proceso para entrar en vigor el 21 de diciembre de 2020. El Gobierno había avanzado con una propuesta de ley en 2021, pero la discusión en la especialidad fue interrumpida por la quiebra de los Presupuestos del Estado. Recién el 21 de julio de 2022 el Parlamento nacional aprobó el título, que entró en vigencia en agosto de ese año.

El CECE "adapta el marco normativo que regula el sector europeo de las telecomunicaciones a los nuevos desafíos" y "moderniza las normas de la UE en materia de telecomunicaciones, en beneficio de los consumidores y de la industria, estimulando la competencia, fomentando las inversiones, reforzando el mercado interior y los derechos de los consumidores", explica el TJUE, señalando que es "absolutamente esencial para crear una sociedad europea del gigabit y garantizar la plena participación de todos los ciudadanos de la UE en la economía y la sociedad digitales".

El código entró en vigor en diciembre de 2018, y los Estados miembros disponen de dos años para aplicar sus normas. Con el plazo de transposición finalizando el 21 de diciembre de 2020, la Comisión inició varios procedimientos de infracción en febrero de 2021 y en septiembre de ese año envió dictámenes motivados a varios Estados miembros, entre ellos Portugal.

El 6 de abril de 2022, dado que algunos de los Estados miembros seguían incumpliendo la obligación de comunicar las medidas nacionales de transposición que les incumbía en virtud del Código, la Comisión decidió someter los asuntos a la consideración del Tribunal de Justicia. Tras varios avances y retrocesos ante la justicia europea, el Tribunal de Justicia acabó declarando el incumplimiento de Portugal y el pago de la cantidad de 2,8 millones de euros.

Por otro lado, el Tribunal de Justicia falló a favor de Portugal en cuanto a la fecha de cese del incumplimiento (25 de octubre de 2022), y tuvo en cuenta que "el período de duración del incumplimiento puede haber resultado, en parte, de las circunstancias excepcionales relacionadas con la pandemia del Covid-19", teniendo en cuenta que Portugal "sostuvo que estas circunstancias, imprevisibles y ajenas a su control, retrasaron el proceso legislativo necesario para transponer la directiva y, en consecuencia, prolongaron la duración de este incumplimiento".

En el momento en que la Comisión Europea tomó medidas contra Portugal, otros nueve Estados miembros se encontraban también en situación irregular y eran también objeto de procedimientos. Y ahora el TJUE también ha declarado el incumplimiento de otros cuatro Estados miembros: condenó a Irlanda a pagar 4,5 millones de euros, a Polonia a pagar 4 millones de euros, a Letonia a pagar 300 mil euros y a Eslovenia al pago de 800 mil euros.