"La reducción del 20% se aplica a los inmuebles con contratos registrados en la Agencia Tributaria, válidos para el año del beneficio fiscal deseado. El incentivo está previsto en la Ley, pero su aplicación y la cuantía de la reducción (que puede llegar al 20% del tipo del IMI) dependen de la voluntad de los ayuntamientos, sin prescindir de la manifestación de interés por parte de los propietarios", añadió la autoridad local.

La propuesta, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento, fue aprobada por la Asamblea Municipal, en el contexto de las diversas medidas que componen el paquete fiscal para el próximo año.

"Esta medida concreta, que tiene como objetivo dinamizar el mercado de alquiler de viviendas y apoyar a los propietarios que ponen su patrimonio inmobiliario al servicio de la satisfacción de esta necesidad constitucionalmente consagrada, debe ser solicitada a los servicios del Ayuntamiento, ya que su aplicación no es automática", advierte el Consistorio.

Por tanto, los propietarios interesados en acogerse a este beneficio, que cumplan los requisitos señalados anteriormente -es decir, que tengan contratos de arrendamiento de vivienda habitual debidamente registrados en Hacienda-, deberán cumplimentar y presentar, antes del 29 de noviembre, la solicitud que está disponible a través de los Servicios Online (Sección de Rehabilitación Urbana) o hacerlo presencialmente en la Oficina de Atención al Ciudadano.